Categoría: Autocontrol
Características
Opcionales: Ad/Pr/Fu
Descripción:
Esta
habilidad otorga al personaje un modificador +10 a su BO cuerpo a cuerpo y
dobla el número de puntos de daño que inflige con sus ataques cuerpo a cuerpo.
Esta habilidad requiere una acción del 20% de la actividad en un "asalto
de preparación" previo al uso de la misma. Además, puede usarse para
incrementar la bonificación por característica de Fuerza en +5 para una
maniobra.
Notas:
Esta
habilidad se verá modificada por la fuerza con que el personaje siente que
tendrá éxito en la acción. Las metas de toda una vida sólo podrán realizarse
una vez en la vida; las grandes metas se completarán después de muchas
aventuras, mientras que las metas menores pueden realizarse como mucho una vez
cada aventura.
Además, será más fácil de usar en los puntos álgidos de la cinemática. Por ello, la utilidad de la Fuerza Adrenal depende de la trama de la historia que ha diseñado el DJ. Pueden existir diversos clímax durante una aventura, pero sólo una escena en la que se resuelva la trama. El DJ puede hacer que durante algunas escenas la Fuerza Adrenal sea prácticamente inútil (por ejemplo, cuando la trama exige el fallo de los personajes de alguna manera). Estas escenas deberán usarse con mucha mesura.
Especialidades:
No aplicable.
Ejemplos de
Dificultades
Rutina: Está a punto de cumplirse una de las metas
de la vida o ambición del personaje.
Muy Fácil: Uno de los principales objetivos del
personaje está a punto de realizarse.
Fácil: Una de las metas o ambiciones menores del personaje
está a punto de cumplirse o durante la resolución de la trama (clímax final)
Media: Durante una escena muy importante.
Difícil: Durante una escena significativa para la
trama de la aventura.
Muy Difícil: Durante una escena menor.
Extremadamente
Difícil: Durante una
escena en la que el fallo del personaje puede ser útil.
Locura
Completa: Durante una
escena en la que el fallo del personaje es crucial
Absurda: ¡cuándo el DJ quiere realmente que el
personaje falle!
No hay comentarios:
Publicar un comentario